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Título : El efecto disuasivo de los “daños punitivos” en la Jurisprudencia Argentina
metadata.dc.creator: Brun, Carlos Alberto
Brun, Juan Martín
Brun, Emiliano
Méndez Acosta, Segundo
Comas, Andrea
Palabras clave : Daños punitivos
Juridisprudencia Argentina
Defensa del consumidor
Research Subject Categories::LAW/JURISPRUDENCE
metadata.dc.date: 2019
Editorial : Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Revista del derecho del consumo
Descripción : Los autores de este artículo forman parte del Proyecto de Investigación que se está llevando a cabo en la Universidad FASTA de Mar del Plata, cuyo objetivo principal, es demostrar que los montos mínimos y máximos que prevé la ley 24240 de Defensa del Consumidor, que regula los daños punitivos, y más aún, los fijados por los jueces al aplicarla, están lejos de ser disuasivos, no cumpliéndose, por ende con la finalidad que se tuvo en cuenta al legislarlos. Para demostrar esta conclusión anticipada, el grupo de investigadores, se encuentra analizando cómo ha aplicado la Jurisprudencia el instituto en estudio, respecto del monto de condena para corroborar (o no) la referida conclusión. El universo a analizar se circunscribe a los fallos dictados por la Justicia (Cámaras de Apelación y Superiores Tribunales de Provincia) de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y Mendoza, además de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Justicia Nacional, fuero Comercial), entendiendo que dichas jurisdicciones son representativas de nuestro país. Si el resultado de esta investigación coincide con la presunción inicial descripta anteriormente, deviene necesaria una modificación del art. 52 bis de la ley 24.240 (de Defensa del Consumidor) que es el que regula los “daños punitivos”, en dos sentidos primordiales: ⮚ Por un lado, debe fijarse un rango respecto del monto, para que, ya sea aplicando el mínimo, como el máximo (dependerá de los casos) la condena punitiva resulte disuasiva para el que deba pagarla. ⮚ Por el otro, debe fijarse un destino mixto: una parte al acreedor y otra parte a una entidad de bien público que decidirá el Juez con el previo dictamen del Ministerio Público Fiscal. Dicha circunstancia incidirá no solamente
Fil: Brun, Carlos Alberto. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Fil: Brun, Juan Martín. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Fil: Brun, Emiliano. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Fil: Méndez Acosta, Segundo. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Fil: Comas, Andrea. Universidad FASTA. Facultad de Ingeniería
URI : http://redi2.ufasta.edu.ar:8082/jspui/handle/123456789/1740
Aparece en las colecciones: Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales- P.I. - Daños Punitivos

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