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http://redi.ufasta.edu.ar:8082/jspui/handle/123456789/2717
Título : | Los incrementos patrimoniales no justificados en el impuesto a las ganancias de los sujetos empresa y las sanciones previstas por la Ley Penal Tributaria |
metadata.dc.creator: | Schaffer, Érica |
Autor : | Baldini, Daniel |
Palabras clave : | Incrementos patrimoniales Impuesto a las Ganancias Sujetos empresa |
metadata.dc.date: | 2011 |
Editorial : | Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Económicas |
Descripción : | El objeto de este trabajo fue analizar si los incrementos patrimoniales no justificados
establecidos en el art. 18 inc. f) de la Ley 11.683 como presunción legal, resultan por sí solos
suficientes para dar por acreditada la conducta que se requiere para disponer las multas
establecidas por la propia Ley 11.683 y para disponer las penas de prisión establecidas por la Ley
Penal Tributaria 24.769.
Este tema resulta significativo, por un lado, teniendo en cuenta las consecuencias que
pueden sufrir los contribuyentes, es decir, los clientes que debe asesorar el Contador Público como
profesional, ante conductas que puedan ser presumidas por la AFIP y denunciadas como
irregulares o ilícitas, y que por lo tanto debe conocer para cumplir correctamente con ese
asesoramiento, y por otro lado, por la creciente responsabilidad que se le atribuye a los contadores
y Auditores de empresas, en la obligación impuesta por distintas reglamentaciones que luchan
contra la evasión fiscal y el lavado de dinero (UIF 25/2011), y que pretenden que el profesional
descubra y denuncie irregularidades y fraudes de sus clientes, para que no se apliquen al propio
profesional importantes consecuencias económicas en concepto de multas por los importes
cuestionados como lavado de dinero de los contribuyentes que asesora.
Este trabajo se realizó exponiendo las distintas presunciones de la Ley de Procedimiento
Tributario y las sanciones establecidas por esa misma ley y por la Ley Penal Tributaria. Para poder
cumplir con los objetivos planteados y arribar a las conclusiones, se analizó el problema junto con
la jurisprudencia emanada de los más altos tribunales durante el período 2000-2010, y la doctrina
más especializada en materia tributaria.
Este análisis permitió concluir que la presunción establecida en el art. 18 inc. f) de la Ley
11.683 (Incrementos patrimoniales no justificados) da lugar al inicio de la denuncia penal por parte
de los agentes de AFIP, pero que los tribunales sostienen que por sí sola esta presunción no
habilita la sanción de prisión establecida en la Ley Penal Tributaria 24.769 ni la multa por
defraudación del art. 46 de la Ley 11.683, sino que se requiere siempre que el Organismo
denunciante demuestre con otros medios de prueba directos la existencia del dolo, que es la
conducta punible para ambas situaciones. Fil: Schaffer, Érica. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina. Fil: Baldini, Daniel. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina. |
URI : | http://redi.ufasta.edu.ar:8082/jspui/handle/123456789/2717 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos Finales de Graduación de Contador Público |
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